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La garantía Daños Estructurales constituye la garantía básica de la póliza, de obligada contratación de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ordenación de la Edificación.
La cobertura de la póliza de daños se extiende durante 10 años, a partir de la recepción de la obra, y alcanza a:
“Los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio”.

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